La Audiencia de Navarra nos ha dado en apenas 10 días dos sentencias contradictorias a este respecto:
El pasado 26 de enero, la Sala Segunda de la Audiencia Foral de Navarra avalaba a un ciudadano que había entregado las llaves de su casa al banco que le había concedido la hipoteca, declarando en una sentencia que, ya que la tasación efectuada por el banco había sido superior al valor de la vivienda, con la entrega de las llaves quedaba totalmente saldada la deuda.
Sin embargo, hoy 8 de febrero se ha conocido que la Sala Tercera de la Audiencia Foral de Navarra ha dictado una sentencia donde establece que se embarguen los bienes del propietario de la vivienda para saldar la deuda, pues con la subasta del bien inmueble no se ha cubrido la cantidad adeudada a la entidad bancaria.
Fuente: Diario El Mundo.
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